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¿CÓMO QUEDA EL SALARIO MÍNIMO INTERPROFESIONAL?

Abriremos el año 2020 con el mismo SMI de 900 euros mensuales que está en vigor, con las mismas normas de cotización y con la congelación de las pensiones.
El 21 de diciembre de 2018, el Gobierno aprobó a golpe de Decreto una subida del SMI del 22%, situándolo en 900 euros al mes. A este hecho, sumábamos ahora el compromiso electoral adquirido por el PSOE y Podemos de subir el salario mínimo en 4 años hasta alcanzar al menos el 60% del salario medio. Y esto contemplaba incrementar la cifra del SMI en 2020 un 11% más, es decir, que quedara en 1.000 euros mensuales (14 pagas).
Hoy entra en vigor el Real Decreto-ley 18/2019, de 27 de diciembre, por el que se adoptan determinadas medidas en materia tributaria, catastral y de seguridad social. Y su Disposición adicional quinta prorroga el plazo de vigencia del Real Decreto 1462/2018, de 21 de diciembre, que fijaba el SMI para 2019 en 30 euros/día y 900 euros/mes.
Así, habrá que esperar todavía a que el diálogo social de sus frutos, y a que se determine finalmente si las especulaciones que derivan de las negociaciones actuales establecen o no los 1.000 euros brutos mensuales que vienen barajándose desde hace meses.
OTRAS MEDIDAS SOCIOLABORALES
- Prórroga de las cuantías del tope máximo y de las bases máximas de cotización en el sistema de seguridad social, manteniendo la Orden TMS/83/2019, de 31 de enero en materia de cotización.
- Congelación de las pensiones, que mantendrán los importes que tuvieran reconocidas a 31 de diciembre de 2019. Se prevé cuando se produzca la aprobación correspondiente, la revalorización de pensiones y otras prestaciones públicas tenga efectos desde el 1 de enero de 2020.
- Etiquetas: Actualidad, Cotización, Legislación laboral, Salario mínimo, Salarios
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