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TRES CONTRATOS TRES

¿Qué contratos afectan a los autónomos?
Actualizada la guía de contratos…
Estando ya en vigor la Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo, publicada en octubre de 2017, que a partir de enero de este año 2018 ha supuesto acceder a la ampliación de la Tarifa Plana de 50 euros (1 año), a la deducción de hasta el 30% de los suministros del hogar para quienes trabajen en su domicilio, el poder darse de alta y de baja hasta tres veces en el año natural o incluso a mejoras en temas de altas en el sistema y cambios de bases de cotización (hasta 4 veces en el mismo año), el Servicio Público de Empleo Estatal acaba de actualizar la guía de contratos siguiendo su política informativa y de atención ciudadana con objeto de recoger toda la normativa de contratos de trabajo e incentivos a la contratación.
¿QUÉ CONTRATOS DEBE TENER EN CUENTA UN AUTÓNOMO QUE DECIDE CONTRATAR PERSONAL?
Si se quiere contar con personal a cargo, hay que prestar especial atención a tres tipos de contratos que ofrecen bonificaciones especiales.
1.Contrato indefinido de un joven
Requisitos
– Contratar a un menor de 30 años, o de 35 años si cuenta con discapacidad.
-Tener 9 personas o menos en plantilla, y no haber mantenido relación profesional alguna con quien se quiere contratar.
-Ser la primera vez que se recurre a este tipo de contrato.
-Comprometerse a mantener a la persona contratada en la empresa al menos 1 año.
Ventaja
Reducir un 100% de la cuota empresarial por contingencia comunes durante un año.
2.Contrato indefinido para nuevos proyectos de emprendimiento
Requisitos
-Contratar personal con 45 años o más.
-Tener, el autónomo que contrata, menos de 30 años.
-Mantener a la persona contratada un mínimo de 18 meses en la empresa.
Ventaja
Bonificación íntegra de la cuota empresarial a la Seguridad Social durante 1 año.
3.Contrato indefinido de un familiar
Requisitos
-Contratar una persona con la que se tenga relación de consanguinidad.
-Mantener a la persona contratada en la empresa un mínimo de 6 meses.
-No haber extinguido contratos de trabajo por causas que hayan sido declaradas improcedentes.
Ventaja
Bonificación del 100% de la cuota empresarial por contingencias comunes.
- Etiquetas: Actualidad, autónomos, Ayudas al emprendimiento, contratos, Legislación laboral, Seguridad Social
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