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Plan de apoyo a la familia 2015-2017

El 14 de mayo de 2015 se aprobó el Plan Integral de Apoyo a la Familia (PIAF) con más de 225 medidas para el período 2015-2017. Un plan que procura compensar la pérdida de poder adquisitivo de las mujeres a consecuencia del cuidado de sus hijos.
Las mujeres y el cuidado de los hijos
Actualmente, a nadie se nos escapa que la mayor parte de las excedencias para el cuidado de hijos las solicitan mujeres. De hecho, si vemos los datos, un 95% de las excedencias por este motivo corresponden a éstas. Y lo mismo ocurre con la reducción de la jornada laboral. Por ello, el Plan Integral de Apoyo a las Familias se centra en paliar las consecuencias de ejercer este derecho y perder poder adquisitivo.
Así, conviene que recordemos primero el concepto de la excedencia por cuidado de hijos, como un derecho voluntario a suspender el contrato de trabajo para el cuidado del hijo independientemente de tratarse de nacimiento, adopción o diferentes supuestos de acogimiento, preadoptivo o permanente. Una suspensión que tiene una duración máxima: 3 años desde la fecha de nacimiento o, si es el caso, desde la fecha de la resolución o de acogimiento (permanente o adoptivo).
Pensión de jubilación
Lo que aprueba el Consejo de Ministros en relación a las consecuencias de esta excedencia para la mujer es un complemento a la cuantía de la pensión contributiva cuando se hayan tenido dos o más hijos que entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2016.
De este modo, las mujeres que se jubilen a partir de 2016, recibirán un complemento a la jubilación, pensión de viudedad o incapacidad. Esta nueva medida, que ya está contemplada en otros países (por ejemplo en Francia, donde se hace a partir del tercer hijo), supone incrementar la pensión en un porcentaje determinado que varía en función del número de hijos:
- Dos hijos: 5%
- Tres hijos: 10%
- Cuatro o más hijos: 15%
Otras medidas
Aparte de medidas fiscales ya anunciadas para las familias en general, como la de la deducción de 1.200 euros a familias numerosas y monoparenterales, o con hijos con discapacidad, existen también otras medidas orientadas a la protección de las menores embarazadas o, por ejemplo, para la conciliación de la vida laboral y familiar:
- Acciones para la prevención de embarazos no deseados.
- Becas para menores embarazadas con problemas socioeconómicos y con el objetivo de que continúen estudiando.
- Recursos para mujeres embarazadas.
- Orientación y acompañamiento social y sanitario para menores embarazadas, madres en situación de posparto y lactancia que presenten vulnerabilidad o riesgo social.
- Programas de promoción y educación en temas de salud afectivo sexual.
- Acogimiento y protección de menores.
- Bolsa de horas recuperables, en el ámbito de los Convenios Colectivos, para flexibilizar la jornada laboral y fomentar la conciliación y la corresponsabilidad de los padres.
- Promoción de la lactancia materna.
- Etiquetas: Conciliación de la vida familia, Jubilación
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